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GLOSARIO. LETRA O



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OBLIGACIÓN A PAGAR

Es una deuda actual cierta que supone un pasivo para la parte deudora que provine de transacciones, acuerdos o acontecimientos de naturaleza presupuestaria o no presupuestaria acaecidos en un tiempo pasado, en virtud de la cual la entidad se ha comprometido a realizar, al vencimiento de la misma, una prestación evaluada económicamente.

Este concepto engloba las obligaciones a pagar presupuestarias y las obligaciones a pagar no presupuestarias.

Son obligaciones a pagar presupuestarias aquellas que se derivan de adquisiciones, obras, servicios, prestaciones o gastos presupuestarios en general, de las que se ha dictado el correspondiente acto de reconocimiento y liquidación de acuerdo con la normativa aplicable.

El reconocimiento de una obligación a pagar presupuestaria implica su imputación al correspondiente presupuesto de gastos.

Aquellas obligaciones derivadas de gastos efectivamente realizados o de bienes y servicios efectivamente recibidos, para las que no se ha producido su aplicación al presupuesto de gastos siendo procedente la misma, se califican como obligaciones extrapresupuestarias.

Son obligaciones a pagar no presupuestarias:

- Aquellas que deban ser no presupuestarias de acuerdo con la normativa vigente, y que no lo serán en el momento de su vencimiento.

- Las obligaciones no vencidas en fin de ejercicio derivadas de gastos devengados o de bienes y servicios efectivamente recibidos; estas obligaciones son no presupuestarias hasta la fecha de vencimiento.

- Los demás pasivos financieros hasta el momento de su vencimiento.

OBLIGACIONES DE PRESUPUESTOS CERRADOS

Obligaciones a pagar cuya aplicación presupuestaria corresponde a ejercicios presupuestarios anteriores.

OBLIGACIONES DEL PRESUPUESTO CORRIENTE

Obligaciones a pagar cuya aplicación presupuestaria corresponde al ejercicio presupuestario en vigor.

OPERACIONES NO PRESUPUESTARIAS

Son aquellas que:

- o bien no generan obligación a pagar o derecho a cobrar alguno,

- o bien generan una obligación a pagar no presupuestario o un derecho a cobrar no presupuestario.

OPERACIONES PRESUPUESTARIAS

Son aquellas que se derivan de la ejecución del Presupuesto, y que, por tanto, deben realizarse de acuerdo con los procedimientos presupuestarios legalmente establecidos.

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